REFORMA FISCAL 2020: CAMBIOS QUE DEBES CONSIDERAR
- Equipo ADM Consultores
- 28 ago 2020
- 3 Min. de lectura

Inversiones: incrementos en tasas de retención.
La tasa de retención sobre intereses ganados en inversiones bancarias pasa de 0.46% a 1.45%. En lugar de recibir rendimientos por tus inversiones, todos los intereses podrían convertirse en una retención de ISR, que si bien en tu declaración anual podrán considerarse como un impuesto a favor, el flujo de efectivo por dichas inversiones ya no será el esperado.
Endurecimiento de penas convencionales y reglas generales.
Se considera delito penal sujeto a cárcel con penas de 2 a 9 años, la compra y venta de facturas en montos superiores a 7.8 mdp en 1 año fiscal
Se negará el otorgamiento de la e.firma (fiel) a contribuyentes que no proporcionen información completa y detallada sobre su identidad, domicilio y situación fiscal
Nuevos requisitos para celebrar contratos con entidades públicas y gubernamentales
Se elimina definitivamente la compensación universal teniendo derecho únicamente al acreditamiento del mismo impuesto en su naturaleza y futuro
Se faculta a la autoridad para presumir la carencia de razón de negocio como “regla general antiabuso”
Nueva revelación de esquemas reportables en el que los asesores fiscales deben informar al SAT el diseño e implementación de estrategias fiscales
Nuevos tratamientos en operaciones celebradas con REFIPRES (Regímenes Fiscales Preferentes) y Entidades con Transparencia Fiscal
Excluyen de RIF a los ingresos a través de plataformas tecnológicas
En procesos legales, el juez negará al arrendador exigir al arrendatario el pago de rentas vencidas si no se emitieron las facturas correspondientes
Exención a las actividades que realizan las donatarias autorizadas por el SAT, lo que imposibilita a su vez el acreditamiento del IVA pagado por gastos
Se establecen diversas causales de cancelación de sellos digitales:

Cuando no se hayan subsanado las irregularidades detectadas o desvirtuado hechos
Omisión de presentación de declaraciones (anuales o provisionales) en 2 meses subsecuentes o hasta 1 mes después del plazo de presentación de la declaración anual
No localización en el PAE (proceso administrativo de ejecución)
Cuando se trate de EFOS (Entidades Facturadoras de Opreraciones Simuladas)/ EDOS (Entidades Deductoras de Operaciones Simuladas)
Manifestar un domicilio fiscal diverso y encontrarse como “no localizable”
Discrepancia entre cfdi y declaraciones
Nuevos esquemas

Servicios o enajenación de bienes a través de plataformas tecnológicas y apps (NETFLIX, UBER, UBER EATS, entre otras) se situarán en un esquema/ régimen especial
Esquema de retención de ISR por medio de las plataformas que presten el servicio
Las tasas de retención van del 2% en ingresos de hasta $5,500 mensual, hasta 8% en ingresos mayores de $21,000 (servicios como UBER y UBER eats)
Las tasas de retención van del 2% en ingresos de hasta $5,000 mensual, hasta 10% en ingresos mayores de $35,000 (servicios como Airbnb)
CONCLUSIÓN
La mayoría de las reglas generales de la Reforma Fiscal 2020entran en vigor el 01 de enero 2020, sin embargo algunas se postergan hasta julio o incluso 01 de enero 2021 (aún se publicarán reglas secundarias en Resolución Miscelánea). Lo cierto es que los cambios en la legislación aplicable están enfocados en una mayor recaudación y sin duda el endurecimiento y freno a las malas prácticas fiscales por lo que la autoridad tendrá más facultades y derechos sobre los criterios y presunciones de las cuales el contribuyente deberá probar no ser culpable o estar involucrado en las operaciones fincadas.
Como tu asesor, te aconsejamos estar siempre en estrecha comunicación con tu contador para elegir las mejores estrategias y prevenir riesgos innecesarios, así como contar con un archivo de información lo más claro, robusto y organizado posible a fin de que ante cualquier revisión, podamos desvirtuar en el menor tiempo posible.

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